TESTIMONIO: VISTO: La adjudicación de 115 lotes de terrenos a familias inscriptas oportunamente en el Programa "Plan Familia Propietaria" de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO: Que el programa Plan Familia Propietaria tiende a solucionar las necesidades de aquellas familias que necesitan un lote propio donde construir su vivienda y que esta operatoria permite el arraigo de aquellas. Que para la selección de los adjudicatarios de estos lotes se tuvieron en cuenta los requisitos que el Programa establece. Que este Municipio ya ha firmado convenios con el I.V.B.A. para la construcción de unidades habitacionales en los predios adjudicados. Que deberán dictarse los actos administrativos para efectuar la escrituración de los lotes adjudicados a través de Escribanía General de Gobierno, dando de esta forma continuidad a dicho plan. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 32/98 ------------------------------ ARTICULO 1.- Apruébase la adjudicación de la cantidad ciento ------------ quince (115) lotes de terrenos, según Anexo I que incluye nombre de adjudicatarios y nomenclatura catastral correspondiente a: Circ. XI, Secc. A, Chacra 59, Parcela 6 (58 lotes); y Circ. I, Secc. D, Manz. 57 d, Parcela 3 y 57 c, Parcela 4 (57 Lotes), en el marco del Convenio suscripto entre la Unidad Ejecutora y Coordinadora del Plan Familia Propietaria Decreto Nº 2510/94 y la Municipalidad de Balcarce, aprobado por Ordenanza Nº 48/95 (Promulgación del Departamento Ejecutivo por Decreto Nº 734/95).----------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los doce días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------